Consecuencias de un diagnóstico precoz

El diagnóstico prenatal de labio leporino y el paladar afectará en el cuidado de este niño. A los padres les permitirá recibir información sobre la malformación, y por lo tanto tener una mejor comprensión de su origen y su tratamiento. Todo esto tiene lugar fuera del contexto de nacimiento, una alegría, que puede decepcionar al encontrarse con una cara inesperada. El diagnóstico que hacemos antes del nacimiento permite a los padres informarse sobre la malformación y encontrarse con los equipos quirúrgicos que les darán apoyo. También ayuda a conocer a los padres que han vivido la misma experiencia, o encontrarse con los padres a trabes de los foros en Internet. Este diagnóstico permite entender mejor que es el labio leporino y el paladar hendido y conocer las posibilidades quirúrgicas actuales.

Para el equipo médico, el diagnóstico ayuda a conocer a los padres antes del nacimiento, para explicar la malformación del bebé y su tratamiento. Permite tranquilizar a los padres sobre la cirugía neonatal (durante el primer mes de vida), y para disipar las preocupaciones de la familia. Ayuda a establecer y construir una relación de confianza entre los padres y el equipo quirúrgico, una relación esencial para un buen cuidado del niño al nacer.

Sin embargo, el diagnóstico prenatal, también puede ser un riesgo para el bebe si se decide a abortar. De hecho, a veces nos encontramos con padres que quieren abortar al conocer el diagnostico de un labio leporino y paladar hendido. Los médicos y cirujanos, en particular, son los que explicaran a los padres las opciones de las operaciones para el niño, explicar también que es solo una imagen y no perjudica en las capacidades futuras del niño. De hecho el aborto en este caso esta prohibido por la ley ya que se trata de una malformación curable y el diagnóstico vital no esta en juego. (Ver «¿Qué dice la ley).

Tasa de diagnóstico prenatal

El diagnóstico prenatal de labio leporino depende de muchos factores: la posición del niño, la calidad de la ecografía, la experiencia y práctica del profesional…

La tasa de descubrimiento de un labio leporino antes de nacer aumentó de forma constante durante los últimos diez años. Hoy en día, en nuestro centro, 9 de cada 10 niños con labio leporino o paladar hendido son diagnosticados antes del nacimiento.

  • 2005 45%
  • 2006 60%
  • 2007 75%
  • 2008 80%
  • 2009 90%

Recomendaciones y cuidados

Los exámenes con ecografías realizados a la madre pueden supervisar el desarrollo del embarazo con éxito. El primero, sobre la 12 ª semana, confirma la presencia de un embrión, el número de niños y la fecha del parto.

La segunda ecografía se realiza alrededor de la semana 22 es la que llamamos morfológica, ya que permitirá el estudio de las formas del niño, el tamaño de sus miembros, su cerebro, el aspecto de su cara… es en esta ecografía donde podemos ver la fisura. Pero sólo se explora la forma, no la parte funcional.

La tercera ecografía se realiza alrededor de la semana 32, se analiza la posición del niño, las posibilidades frente al parto, es la que llamamos «obstétrica».

Estas tres ecografías están recomendadas por los ginecólogos y entran por el servicio de seguridad social. Pueden ser realizadas por su ginecólogo, comadrona o por un radiólogo. Si se diagnostica un labio leporino o paladar hendido, se hace a menudo una ecografía complementaria en un centro especializado para el diagnóstico prenatal.

  • 1er trimestre (12 semanas de gestación) plazo
  • 2º trimestre (22 semanas de gestación) Morfología
  • 3º trimestre (32 semanas de gestación) obstétrica

Qué dice la ley?

Art.L.2212 CSP
«La mujer embarazada que su estado crea una situación de angustia puede pedir a un médico de interrumpir su embarazo. Esta interrupción se puede realizar antes de que finalice la semana 12 de embarazo «(Ley N º 2001-588 del 4 de julio.2001, art. 2)

Art.L.2213 CSP
«Aborto se puede realizar en cualquier momento… el niño puede nacer con una enfermedad incurable… en el momento del diagnóstico. «(Ley N º 2001-588, del 4 de julio.2001, art.11)

Art.L.2222 CSP
(Título II: Disposiciones penales Cap.2: el aborto ilegal) «El aborto esta penalizado con 2 años de prisión y multa de 30.000 euros, una vez pasado el plazo autorizado por la ley… sin certificado médico. «(Ley N º 2001-588, del 4 de julio.2001, art.14-II)

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